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Se procedió a la baja de Asociaciones de Consumidores del “Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores” por incumplimientos normativos.

La Subsecretaría de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, mediante las Disposiciones 639/2024, 640/2024 y 641/2024 (B.O. 20-11-2024; en adelante y en conjunto “las Disposiciones”), resolvió dar de baja del Registro Nacional de Asociaciones de Consumidores a tres entidades debido a incumplimientos normativos:

  • Asociación de Defensa del Consumidor de Santiago del Estero – ADECSE (CUIT 30-70909880-9), registrada bajo el nro. 27.
  • Consumidores Argentinos – Asociación para la Defensa, Educación e Información del Consumidor (CUIT 30-69128422-7), registrada bajo el nro. 25.
  • Justicia Colectiva Asociación Civil (CUIT 30-71532754-2), registrada bajo el nro. 39.

Las Disposiciones se dictaron en virtud de lo dispuesto en los artículos 41, 43 inc. b), 56 y concordantes de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240 (“LDC”) y sus normas reglamentarias, que establecen los requisitos para la inscripción y permanencia de las asociaciones de consumidores en el Registro Nacional.

Surge de los Considerandos que, a través de las Disposiciones, se busca garantizar el cumplimiento de los requisitos exigidos para el funcionamiento de las asociaciones de consumidores, y sancionar los incumplimientos detectados.

Asimismo, conforme surge de los Considerandos de las Disposiciones, se detectaron los siguientes Incumplimientos:

1. Falta de Presentación del Informe de Gestión Anual (aplicable a las tres asociaciones):

  • Ninguna de las asociaciones presentó el Informe correspondiente al año 2023 y documentación complementaria dentro del plazo previsto.
  • Tras la intimación de CINCO (5) días hábiles para subsanar las omisiones, las asociaciones no cumplieron con las presentaciones requeridas.

2. Falta de Cuenta Bancaria Activa (Justicia Colectiva Asociación Civil):

  • La asociación no contaba con una cuenta activa en el Banco de la Nación Argentina, incumpliendo el inciso e) del artículo 1° de la Resolución N° 90/2016. Este hecho quedó evidenciado cuando una transferencia realizada el 2 de julio de 2024 -por la suma de $909.090,90- fue rechazada con el mensaje “TARGET_NOT_REACHABLE – No se puede acceder a la cuenta de destino”.

Por último, cabe mencionar que las Disposiciones serán notificadas al Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a los Entes Nacionales de Control de Servicios Públicos (art. 2°, Disposiciones Nros. 639, 640 y 641/2024), así como también a las asociaciones afectadas por la medida (art. 3°, Disposiciones Nros. 639, 640 y 641/2024).

Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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