La Secretaría de Energía de la Nación, mediante la Resolución N° 13/2023, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina en fecha 16 de enero de 2023, a los fines de determinar las pautas y los procedimientos para el acceso a los respectivos Regímenes y a los beneficios que confieren, aprobó las Condiciones Generales del Régimen de Acceso a Divisas para la Producción Incremental de Petróleo (RADPIP), la Producción Incremental del Gas Natural (RADPIGN) y del Régimen de Promoción del Empleo, del Trabajo y del Desarrollo de Proveedores Regionales y Nacionales de la Industria Hidrocarburífera (RPEPNIH) creados por Decreto N° 277/2022 y reglamentados por Decreto N° 484/2022.
Además, se instruyó a la Subsecretaría de Hidrocarburos a realizar los actos necesarios para asistir a la Secretaría de Energía, que fue instituida como Autoridad de Aplicación, para conformar la “Comisión de Evaluación y Seguimiento de la Ejecución del RPEPNIH”, creada por el Artículo 25 del Decreto N° 277/22. Al efecto, deberá convocar, en el término de 30 días, a la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo, a la Secretaría de Política Económica, al Ministerio del Interior, al Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, a los representantes de las Provincias titulares de recursos hidrocarburíferos, a los representantes de las organizaciones de trabajadores, de asociaciones empresarias proveedoras de bienes y servicios, y de las organizaciones de empresas productoras de hidrocarburos beneficiarias de los Regímenes, para formar parte de la citada Comisión, a cuyo fin deberán designar una o un representante titular y una o un alterno.
En igual plazo deberá aprobarse el reglamento de funcionamiento de la Comisión.
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