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Revisión y alineamiento de políticas de regulación de mercado con el fin de promover la libertad del comercio

El 26 de enero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la resolución 51/2024 (en adelante, la “Resolución), con el fin de elaborar políticas tendientes a la protección del consumidor.

Que en atención al cambio de autoridades recientemente acaecido en todos los planos de la Administración Pública Nacional referido a la profundización de la libertad de mercados, impulsando la interacción espontánea entre la oferta y la demanda como modo de ordenamiento y reactivación de la economía, facilitando el funcionamiento de los mercados y el comercio interno y externo, promoviendo la desregulación de los mercados y la simplificación regulatoria, deviene pertinente proceder a una revisión integral de toda la normativa reglamentaria y complementaria dictada en el ámbito de esta Autoridad de Aplicación para así alinear las políticas de regulación del mercado procediendo a una verdadera simplificación de procesos en relación con el consumidor, así como la eliminación de trabas y obstáculos al comercio.

Por todo lo antes expuesto, se resuelve que corresponde disponer la derogación de toda la normativa listada a continuación en el Anexo I a efectos de coadyuvar a un nuevo ordenamiento de las resoluciones y disposiciones reglamentarias que atañen a un comercio interior más simple y transparente.

De la normativa más relevante que debe ser derogada, es menester destacar, entre otras:

  • Resolución N° 134 de fecha 4 de marzo de 1998 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS: se elimina la obligatoriedad de que las entidades bancarias, financieras y de cualquier índole informe mensualmente a la Secretaría de Comercio la tasa de interés anual y efectiva mensual aplicada al financiamiento de saldos deudores.
  • Resolución N° 54 de fecha 24 de abril de 2000 de la ex SECRETARÍA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DEL CONSUMIDOR del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria.: los prestadores de medicina prepaga ya no deberán informar periódicamente el valor total de la cuota mensual que perciben por la prestación del servicio.
  • Disposición N° 6 de fecha 8 de agosto de 2006 de la ex SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN: fijaba el monto de capital social a partir del cual las Sociedades Anónimas quedaban sujetas a fiscalización estatal permanente.
  • Disposición N° 10 de fecha 16 de abril de 2014 de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS: establecía un “Régimen Informativo de Precios” mediante el cual las empresas productoras de insumos y bienes finales cuyas ventas anuales totales en el mercado interno debían informar los precios vigentes de todos sus productos.
  • Disposición N° 3 de fecha 19 de marzo de 2020 de la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO: establecía la tramitación de Licencias no automáticas de importación a las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias del MERCOSUR.
  • Resolución N° 31 de fecha 11 de octubre de 2022 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA: se anula el Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (SiFIRE) con el objetivo de prevenir cualquier afectación de los derechos de las y los consumidores.
  • Disposición N° 60 de fecha 30 de mayo de 2023 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo de la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA:  sustitución de los anexos I y II de la disposición N° 19 de fecha 5 de julio de 2016 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor. Se establecían requisitos para la inscripción o reinscripción de asociaciones de consumidores.
  • Disposición N° 112 de fecha 23 de noviembre de 2023 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo de la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA: mediante esta disposición se estableció una opinión consultiva para aumentar las cuotas de colegios privados.

Acceda al texto completo de la resolución 50/2024  aquí.


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