El 26 de enero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la resolución 51/2024 (en adelante, la “Resolución), con el fin de elaborar políticas tendientes a la protección del consumidor.
Que en atención al cambio de autoridades recientemente acaecido en todos los planos de la Administración Pública Nacional referido a la profundización de la libertad de mercados, impulsando la interacción espontánea entre la oferta y la demanda como modo de ordenamiento y reactivación de la economía, facilitando el funcionamiento de los mercados y el comercio interno y externo, promoviendo la desregulación de los mercados y la simplificación regulatoria, deviene pertinente proceder a una revisión integral de toda la normativa reglamentaria y complementaria dictada en el ámbito de esta Autoridad de Aplicación para así alinear las políticas de regulación del mercado procediendo a una verdadera simplificación de procesos en relación con el consumidor, así como la eliminación de trabas y obstáculos al comercio.
Por todo lo antes expuesto, se resuelve que corresponde disponer la derogación de toda la normativa listada a continuación en el Anexo I a efectos de coadyuvar a un nuevo ordenamiento de las resoluciones y disposiciones reglamentarias que atañen a un comercio interior más simple y transparente.
De la normativa más relevante que debe ser derogada, es menester destacar, entre otras:
- Resolución N° 134 de fecha 4 de marzo de 1998 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS: se elimina la obligatoriedad de que las entidades bancarias, financieras y de cualquier índole informe mensualmente a la Secretaría de Comercio la tasa de interés anual y efectiva mensual aplicada al financiamiento de saldos deudores.
- Resolución N° 54 de fecha 24 de abril de 2000 de la ex SECRETARÍA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DEL CONSUMIDOR del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria.: los prestadores de medicina prepaga ya no deberán informar periódicamente el valor total de la cuota mensual que perciben por la prestación del servicio.
- Disposición N° 6 de fecha 8 de agosto de 2006 de la ex SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN: fijaba el monto de capital social a partir del cual las Sociedades Anónimas quedaban sujetas a fiscalización estatal permanente.
- Disposición N° 10 de fecha 16 de abril de 2014 de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS: establecía un “Régimen Informativo de Precios” mediante el cual las empresas productoras de insumos y bienes finales cuyas ventas anuales totales en el mercado interno debían informar los precios vigentes de todos sus productos.
- Disposición N° 3 de fecha 19 de marzo de 2020 de la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO: establecía la tramitación de Licencias no automáticas de importación a las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias del MERCOSUR.
- Resolución N° 31 de fecha 11 de octubre de 2022 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA: se anula el Sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas (SiFIRE) con el objetivo de prevenir cualquier afectación de los derechos de las y los consumidores.
- Disposición N° 60 de fecha 30 de mayo de 2023 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo de la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA: sustitución de los anexos I y II de la disposición N° 19 de fecha 5 de julio de 2016 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor. Se establecían requisitos para la inscripción o reinscripción de asociaciones de consumidores.
- Disposición N° 112 de fecha 23 de noviembre de 2023 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo de la SUBSECRETARÍA DE ACCIONES PARA LA DEFENSA DE LAS Y LOS CONSUMIDORES de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA: mediante esta disposición se estableció una opinión consultiva para aumentar las cuotas de colegios privados.
Acceda al texto completo de la resolución 50/2024 aquí.
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