En el marco de lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley 27.451 que declaró la emergencia energética y tarifaria y facultó al Poder Ejecutivo Nacional a iniciar un proceso de revisión tarifaria integral extraordinaria, el recientemente nombrado Interventor del Ente Nacional Regulador del Gas (en adelante el “ENARGAS”) resolvió, mediante la Resolución ENARGAS Nº 27/2020 publicada en el Boletín Oficial del día de ayer, derogar la Resolución ENARGAS Nº 72/2019 que establecía una “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas” (en adelante la “Metodología”).
El Interventor consideró que la Resolución ENARGAS Nº 72/2019 cercenaba las potestades del Ente, pues, le impedía ejercer el control de razonabilidad de cada caso particular que requieren la Ley 24.076, y los decretos 1738/92 y 1411/1994 en relación con la tarifa final para el usuario.
Cabe recordar que, la Metodología detallaba cómo se debían realizar los traslados a tarifas de los precios del gas natural, gas propano indiluido por redes, y un procedimiento general para el cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas (en adelante las “DDAs”)
Durante la vigencia de la Metodología, el ENARGAS presumía, en principio, que las Distribuidoras habían realizado los esfuerzos razonables para obtener las mejores condiciones y precios en sus operaciones si los contratos de adquisición de gas provenían de subastas públicas realizadas en el ámbito del MERCADO ELECTRÓNICO DE GAS S.A. (en adelante el “MEGSA”).
Por otra parte, en lo que refería al cálculo de las DDAs, la Metodología establecía cómo se debían calcular mensualmente las diferencias entre las compras de gas y las ventas de gas por categoría de usuario y por subzona, a fin de obtenerse un monto de diferencia mensual por categoría de usuario de servicio completo y subzona de cada Distribuidora, que luego era actualizado por una tasa del Banco de la Nación Argentina, y finalmente, se consolidaba y se dividía por una estimación de los volúmenes totales a entregaren cada subzona en el periodo estacional en el que se aplicarían a los Cuadros Tarifarios.
El Interventor del Ente justificó la derogación por considerar que la Metodología se trataba de una reglamentación que se contraponía a las normas porque impedía al ENARGAS analizar la libre contratación en la compraventa de gas de parte de las distribuidoras y, por tanto, al habilitar un pase casi automático a tarifas, le imposibilitaba realizar un debido control sobre la formación contractual del precio que se iba a incorporar a la tarifa del usuario.
Por último, agregó que el cambio sustancial en las variables macroeconómicas y la necesidad de ponderar caso por caso con criterios técnicos, eran motivos suficientes para derogar la Resolución 72/2019.
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