El 27/04/2020 se publicó en el Boletín Oficial de la Municipalidad de Puerto Madryn la Ordenanza N° 11.349, sancionada por el Consejo Deliberante el 23 de abril pasado, con el objetivo de gravar con una nueva tasa a los proyectos de energía renovables establecidos en jurisdicción municipal.
A tal efecto, y previa ampliación del ejido urbano, la Municipalidad de Puerto Madryn dispuso gravar con la Tasa por Habilitación, Inspección, Seguridad e Higiene y Control Ambiental a los Parques eólicos, solares, sistemas de biogás o similares instalados en jurisdicción municipal. Para ello se estableció que los Parques eólicos, solares, sistemas de biogas o similares con una superficie total de hasta 20.000.000 de metros cuadrados, deben abonar 300.000 Módulos A anuales (aproximadamente $ 3.700.000), los que fueran superior a ese metraje y hasta 50.000.000 metros cuadrados, deben abonar 500.000 Módulos A anuales (aproximadamente $ 6.300.000), y los que superen este último metraje, 700.000 Módulos A anuales (aproximadamente $ 8.800.000).
Además de ello, se dispuso que, para el caso de obras que se encuentren en ejecución o próximas a ejecutarse relativas a Parques eólicos, solares, sistemas de biogás o similares, se aplicará por única vez una alícuota del 2% del total de la inversión final requerida para afrontar la totalidad de la obra en carácter de una Contribución por obras.
Distintas entidades como CADER y CEA han repudiado la nueva tasa municipal, por cuanto implica no solamente sumar una nueva tasa por valores claramente irrazonables, sino generar obstáculos incompatibles con la normativa federal, lo que constituiría una clara violación de las leyes 15.336 y 24.065
La procedencia de la nueva tasa queda ciertamente sujeta a fortísimas dudas, dado que parece escapar al poder de policía y competencias propias del Municipio de Puerto Madryn, para transformarse en un obstáculo al desarrollo de las energías de fuente renovable, postergando así la adopción de soluciones amigables con el medio ambiente.
En el Estudio O´Farrell hemos desarrollado una extensa experiencia en la impugnación de tasas municipales que resultan improcedentes a la luz de las normas federales y constitucionales aplicables; habiendo obtenido numerosos fallos favorables ante los distintos tribunales federales y la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Por dicha razón, estamos en inmejorable posición para asistir a nuestros clientes ante este nuevo embate municipal.
Para más información comunicarse con: