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Ley 27.588 – modificación de la Ley de Propiedad Intelectual

El día 16 de diciembre del corriente año, se promulgó y publicó en el Boletín Oficial la Ley Nº 27.588 que modifica la Ley de Propiedad Intelectual Nº 11.723.

La Ley Nº 11.723 está vigente desde septiembre de 1933 y contiene el régimen legal de la Propiedad Intelectual en el país. Esta establece el derecho a la propiedad intelectual y sus alcances.

Mediante la Ley Nº 27.588 (en adelante “la Ley”) se dispusieron una serie de cambios en el Régimen de Propiedad Intelectual:

  • La exención del pago de derechos de autor en la ejecución e interpretación de obras literarias o piezas musicales en establecimientos de enseñanza, siempre y cuando sea para cumplir con sus fines educativos, planes y programas de estudio.
  • La exención del pago de derechos de autor en casos de reproducción, distribución y puesta a disposición del público de obras en formatos accesibles para personas ciegas y personas con otras discapacidades sensoriales que impidan el acceso convencional a la obra, siempre y cuando tales actos sean hechos por entidades autorizadas.
  • Se definió el significado y alcance de los términos “discapacidad sensorial”, “formatos accesibles”, “soporte físico”, entre otros, a los fines de la correcta aplicación e implementación de la Ley.
  • Se dispuso la creación de un catálogo de las obras reproducidas en formato accesible en favor de los beneficiarios, a fin de contar con un repertorio nacional de dichos ejemplares y facilitar su intercambio nacional e internacional.

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Agustín Siboldi

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