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La Secretaría de Innovación Pública sometió a consulta las “Premisas para la elaboración de un Reglamento de Administración, Gestión y Control del Especto Radioeléctrico”

A través de la Resolución N° 527/2021 de la Secretaría de Innovación Pública dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros (B.O. 20/08/2021; en adelante la “Resolución”) se declaró la apertura del procedimiento de consulta pública respecto del documento “Premisas para la elaboración de un Reglamento de Administración, Gestión y Control del Especto Radioeléctrico” (en adelante el “Documento de consulta”), incorporado en el Anexo I de la Resolución.

En ese marco, los interesados podrán acceder al Documento de Consulta en las siguientes páginas web:

Las opiniones y propuestas en relación al Documento podrán ser presentados en la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), a través de la Mesa de Entradas Virtual (MEV) aprobada por la Resolución de la Secretaría de Innovación Pública N° 25/20, o bien por escrito, en la Mesa de Entradas, Salidas y Archivos de la referida Secretaría (Av. presidente Roque Sáenz Peña 788, 8° piso) o en algunas delegaciones del ENACOM del interior del país. El plazo fijado es de 30 días corridos contados a partir del lunes 23 de agosto. Asimismo, se podrán realizar comentarios del Documento en el siguiente sitio: www.argentina.gob.ar/jefatura/innovacion-publica/ssetic

Los Ejes Principales sujetos a consideración son los siguientes: (i) objeto, definir metodologías y procedimientos para el uso, administración, gestión, control y planificación del espectro radioeléctrico; (ii) atribución, asignación y autorización; (iii) control y fiscalización; (iv) mecanismos y procedimientos para la asignación de frecuencias por parte del Estado Nacional; (v) cesión o transferencia de las autorizaciones otorgadas; (vi) mercado secundario.

A su vez, se someterán a consideración dos grupos de preguntas. Las primeras se relacionan con la incorporación de la figura de Mercado Secundario en el país; y las segundas sobre las características de determinados servicios TIC que permiten el uso o empleo de bandas de frecuencias aleatoria como compartida con otros prestadores.

Por último, se considerarán los siguientes temas: ingeniería del espectro radioeléctrico, requerimientos técnicos, reordenamiento del espectro radioeléctrico, cuadro de atribución de frecuencias radioeléctricas, migración de bandas, parámetros de emisión electromagnética, planificación del uso del recurso, representación internacional ante organismos, identificación de estaciones emisoras, régimen aplicable a equipos y dispositivos, laboratorios de mediciones e interferencias y cualquier otra cuestión asociada al uso, administración, gestión, control y planificación del Espectro Radioeléctrico.

La Resolución fue dictada en el marco de la Ley Argentina Digital N° 27.078, en cuyo artículo 26 estableció que el espectro radioeléctrico es un recurso intangible, finito y de dominio público, cuya administración, gestión y control es responsabilidad indelegable del Estado Nacional. Se busca la gestión eficiente del espectro radioeléctrico, en tanto se considera esencial para obtener el mayor beneficio social y económico en la explotación de este recurso, garantizando la generación de nuevos servicios, de mejor calidad para los usuarios.

Acceda al texto completo de la norma aquí: Resolución 527/2021


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

Para más información comunicarse con Agustín SiboldiM. Agustina Fanelli Evans  y Jorge Muratorio.