Con fecha 2 de junio de 2023 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General 963/2023 emitida por la Comisión Nacional de Valores (la “Resolución 963”) propiciando la actualización del marco conceptual de los instrumentos financieros sostenibles que contiene los “Lineamientos para la Emisión de valores Negociables Sociales, Verdes y Sustentables en Argentina.
La Resolución 963 permite la introducción de nuevas etiquetas para identificar aquellos valores negociables que tengan como objetivo el financiamiento de proyectos con impacto ambiental o social, o bien la mejora de las métricas ambientales, sociales o de gobernanza de las Emisoras, denominados “bonos vinculados a la sostenibilidad”, presentando a los “Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Temáticos en Argentina”, y que fueron elaborados, sobre la base de los estándares internacionalmente reconocidos por la ICMA (The International Capital Markets Association)y CBI (Climate Bonds Initiative).
En tal sentido, los cambios propuestos impactan en los valores negociables emitidos a través de fideicomisos financieros solidarios, el régimen aplicable a Fondos Comunes de Inversión, destinados a la inversión en valores negociables con impacto Ambiental, Social y Gobernanza, así como también en las consideraciones a tomar en cuenta por los mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores, que ofrezcan segmentos y/o paneles de negociación de productos de inversión colectiva y valores negociables para que sus regulaciones tomen en consideración las pautas previstas en los “Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Temáticos en Argentina”.
A continuación de describen las principales disposiciones previstas en la Resolución 963:
(i) Fideicomisos Financieros Solidarios
Se establece como requisito para los fideicomisos financieros con oferta pública constituidos bajo el régimen de fideicomisos financieros solidarios, la inclusión en los documentos de la oferta (prospecto o suplemento de prospecto) la descripción del revisor externo y el contenido del informe que acredite el impacto social esperado.
(ii) Fondos Comunes de Inversión ASG
En cuanto a los activos elegibles que integren un Fondo Común de Inversión ASG, se establece un umbral mínimo del 75% del haber del dicho producto de inversión colectiva compuesto por:
(a) valores negociables listados en segmentos y/o paneles de negociación SVS+ en mercados autorizados por la CNV;
(b) valores negociables cuyas emisoras se encuentren listadas en paneles de mercados autorizados por la CNV que destaquen la aplicación de buenas prácticas de Gobierno Corporativo, Social y/o Medioambiental, y/o que formen parte de índices de sustentabilidad que contemplen en su análisis las variables ASG. Dichos valores negociables deberán haber sido emitidos durante el periodo de permanencia de la emisora en el panel o índice correspondiente. Se establece que los valores negociables emitidos conforme lo dispuesto precedentemente, seguirán siendo computables dentro del porcentaje del 75% del haber del Fondo Común de Inversión ASG, incluso si la emisora hubiera dejado de formar parte del panel o índice del que se trate.
(c) valores negociables que cuenten con revisión externa, de acuerdo con los “Lineamientos para le Emisión de Valores Negociables Temáticos en Argentina”, establecidos en el Anexo III, Capítulo I, Título I de las Normas de la CNV.
(d) valores representativos de deuda y/o certificados de participación de Fideicomisos Financieros Solidarios. Será admitida la inversión en cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión Cerrados administrados por otra Sociedad Gerente que cumpla con los requisitos mencionados en los apartados (a) y (c), no pudiendo exceder el 10% del haber del fondo comun de inversión.
Por su parte, la Resolución 963 eliminó para los Fondos Comunes de Inversión ASG el porcentaje admitido del 30% de activos elegibles Pymes previsto anteriormente en las Normas de la CNV.
(iii) Listado de valores negociables SVS+ en mercados autorizados por la CNV
Los mercados autorizados por la CNV podrán crear, a través de sus propias reglamentaciones, segmentos y/o paneles para el listado de valores negociables SVS+, que deberán tomar en cuenta los establecido en los “Lineamientos para le Emisión de Valores Temáticos en Argentina” previstos como Anexo III del Capítulo I, Título VI de las Normas de la CNV.
(iv) Aplicación optativa de Guías Sustentables
La CNV, a través de la Resolución 963, establece que los mercados, los agentes de calificación de riesgo, las emisoras y los inversores que quieran incorporar criterios de inversión responsable y/o participar como revisores externos en el marco de los Lineamientos para la Emisión de Valores Negociables Temáticos en Argentina, podrán seguir las buenas prácticas y definiciones que constan en las Guías Sustentables.
Acceda al texto de la Resolución aquí.
Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.
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