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El Poder Ejecutivo Nacional convoca a Sesiones Extraordinarias para tratar proyectos de ley de relevancia

A través del Decreto N°51/2022 (en adelante, “Decreto N°51/22”) (B.O 26/01/2022) el Presidente de la Nación Argentina decretó convocar al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN a Sesiones Extraordinarias desde el 1° hasta el 28 de febrero de 2022.

El Anexo IF-2022-07656558-APN-SST#SLYT que forma parte integrante del Decreto N°51/22 detalla los asuntos comprendidos en la convocatoria, entre los cuales se encuentran:

(i) Proyecto de Ley por el que se aprueba el Consenso Fiscal suscripto por el Poder Ejecutivo Nacional y representantes de las Provincias, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el 27 de diciembre de 2021 (Msje. 1/22).

(ii) Proyecto de Ley tendiente a modificar la LEY DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA -T.O. 1999- N°24.937 y sus modificatorias. (Msje. 128/21- Exp. Senado PE 151-2021).

(iii) Proyecto de Ley tendiente a establecer el marco regulatorio de la cadena de producción, industrialización y comercialización de la planta de cannabis, sus semillas y sus productos derivados para uso industrial y/o medicinal, incluyendo la investigación científica, con vistas a satisfacer el mercado local y generar exportaciones (Msje. 50/21- Exp. 34-S-2021).

(iv) Proyecto de Ley de Promoción de la Electromovilidad (Msje. 4/22).

(v) Proyecto de Ley de Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz – Autopartista y su Cadena de Valor (Msje. 89/21 Exp. Diputados 8-PE-2021).

(vi) Proyecto de Ley tendiente a crear el “Régimen de Fomento al Desarrollo Agroindustrial Federal, Inclusivo, Sustentable y Exportador” (Msje. 93/21- Exp. Diputados 12-PE-2021).

(vii) Proyecto de Ley de Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores (Msje. 144/21 – Exp. Diputados 14-PE-2021).

(viii) Proyecto de Ley por el cual se prorrogan los plazos establecidos en el artículo 6° y en los incisos a), b) y c) del primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 27.613 –Régimen de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda (Exp. 1980-D-2021).

Acceda al texto completo de la norma aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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