El 01 de julio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Conjunta N° 2/2021 (en adelante la “Resolución”) del Ministerio de Economía y del Ministerio de Desarrollo Productivo, por medio de la cual se prorrogó a partir del 1 de julio del 2021 y hasta el 31 de diciembre del 2021, la vigencia de los mecanismos y descuentos establecidos en la Resolución Conjunta N° 1/2017 (en adelante la “Resolución N° 1/2017”) del ex Ministerio de Energía y Minería y del ex Ministerio de Producción para aquellas empresas beneficiarias de los descuentos o del precio diferencial previstos en dicha medida y que se encontraren en curso normal de cumplimiento de las previsiones dispuestas en la misma.
Se recuerda que mediante la Resolución N° 1/2017 se establecieron descuentos sobre los Precios Estacionales de Referencia para empresas caracterizadas como Grandes Demandas de Distribuidores, y sobre el precio medio de compra aplicable a cada usuario para aquellos caracterizados como Grandes Usuarios Directos del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
Tal tratamiento diferencial fue prorrogado hasta el 30 de junio del 2021, mediante la Resolución Conjunta Nº 3/2020 del Ministerio de Economía y del Ministerio de Desarrollo Productivo.
Por lo tanto, mediante la Resolución se entendió conveniente disponer una nueva prórroga del régimen de descuento aplicable a los Precios Estacionales de Referencia hasta el día 31 de diciembre del año 2021 inclusive, siempre que los beneficiarios se encontraren en curso normal de cumplimiento de las previsiones dispuestas en la Resolución N° 1/2017.
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