A través de la Resolución 169/25, publicada el 26/02/25, el Ministerio de Economía dispuso lineamientos que deberán cumplirse en el marco del procedimiento licitatorio destinado a ampliar la capacidad de transporte del Tramo I del Gasoducto Perito Francisco Pascasio Moreno.
Contexto
Lo dispuesto en la presente resolución se encuentra enmarcado en la iniciativa privada propuesta por TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. (TGS) destinada a incrementar la capacidad de transporte de gas natural en el tramo comprendido entre las localidades de Tratayén (Neuquén) y Salliqueló (Buenos Aires), cuyos beneficios comprenden:
- Sustituir importaciones de gas natural licuado (GNL) y combustibles líquidos durante el período invernal.
- Mejorar la eficiencia del sistema energético nacional.
- Reducir costos para los usuarios finales y generar ahorros fiscales significativos, estimados en USD 500 millones anuales.
El alcance de esta iniciativa, declarada de interés público nacional por el Decreto 1.060/24, abarca 1) la ampliación del gasoducto, 2) la operación y mantenimiento de la infraestructura existente y futura, y 3) la adecuación contractual necesaria para garantizar la viabilidad del proyecto.
Principales Disposiciones
1- Roles en el Procedimiento Licitatorio
La Secretaría de Energía del Ministerio de Economía deberá supervisar y coordinar todos los trámites necesarios para la implementación de la iniciativa propuesta por TGS. Entre sus funciones destacan (Art. 1°):
- La aprobación de los pliegos de bases y condiciones generales y particulares que regirán el llamado a licitación pública.
- La supervisión del procedimiento licitatorio.
- La aprobación de la adjudicación.
- La aprobación de las modificaciones necesarias al Contrato para el Transporte de Gas Natural aprobado mediante la Resolución 532/23, para adecuarlo a lo dispuesto en el Decreto 1.060/24 (cfr. Art. 4°).
2- Encomienda a ENARSA
Energía Argentina S.A. (ENARSA), en su calidad de concesionaria del gasoducto objeto de ampliación bajo el régimen de la Ley 17.319, quedará a cargo de impulsar y llevar a cabo el procedimiento licitatorio, utilizando los lineamientos previstos en su Manual de Compras y Contrataciones. Entre las principales obligaciones asignadas a ENARSA se encuentran:
- Realizar el llamado a licitación pública nacional e internacional.
- Garantizar la transparencia y celeridad del procedimiento.
- Incorporar en los documentos licitatorios las renuncias y compromisos requeridos por el decreto.
3- Características del Procedimiento Licitatorio
El procedimiento licitatorio deberá cumplir con los siguientes lineamientos (art. 2°):
- Objeto: Seleccionar la oferta más conveniente para la ejecución y financiamiento de la obra de ampliación, que genere una capacidad incremental de 14 MMm³/d, con opción de ampliar hasta 6 MMm³/d adicionales.
- Modalidad: Licitación pública nacional e internacional.
- Plazo mínimo para ofertas: 45 días corridos desde la primera publicación del aviso.
- Financiamiento: Las obras serán financiadas íntegramente por el adjudicatario, sin comprometer fondos públicos. Se permitirá el prepago de contratos de transporte siempre que no se alteren los objetivos de interés público del proyecto.
- Operación y mantenimiento: El adjudicatario será responsable de la operación y mantenimiento de la infraestructura durante el plazo estipulado.
Previsiones Obligatorias
Para garantizar la transparencia y viabilidad del proyecto, se deben tener presentes las siguientes previsiones (art. 3°):
- Renuncia del promotor (TGS) a percibir honorarios y gastos reembolsables de quien resulte adjudicatario.
- Renuncia de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA) a ejercer prioridades sobre la nueva capacidad resultante de la ampliación.
- Compromiso expreso de TGS para ejecutar las obras necesarias en los tramos finales de su sistema licenciado, independientemente de si resulta adjudicataria.
- Conformidad de TGS a la rescisión del contrato de operación y mantenimiento vigente con ENARSA.
Impacto en la Gestión Energética
La ampliación del Gasoducto Perito Francisco Pascasio Moreno responde a la política de optimización de los recursos energéticos impulsada por el gobierno nacional, cuyos objetivos principales son:
- Reducir la dependencia de importaciones energéticas.
- Fortalecer el abastecimiento interno de gas natural.
- Generar ahorros fiscales y mejorar la balanza comercial.
- Promover inversiones privadas en infraestructura energética.
Entrada en Vigencia
La reseñada resolución entró en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial (art. 5°, 06/03/2025). Hasta que se complete el procedimiento de selección, continúan vigentes las normativas aplicables al gasoducto y sus operaciones.
Acceda al texto completo de la norma aquí.
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