Por DNU, el Gobierno Nacional dispuso que los servicios de telefonía móvil, los servicios TIC y el acceso a las redes de telecomunicaciones serán considerados servicios públicos esenciales.
Mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) Nº 690/2020 el Gobierno Nacional estableció que los servicios de telefonía móvil, los servicios de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre los licenciatarios, será considerado un servicio público esencial.
Estos servicios seguirán siendo prestados en competencia, pero sus precios serán regulados por el Ente Nacional de las Comunicaciones (ENACOM), en su calidad de autoridad de aplicación del mencionado DNU Nº 690/2020.
Además, se dispuso que no podrán aumentarse los precios de esos servicios hasta el 31 de diciembre de 2020. Esto también aplica respecto de los servicios de TV satelital por suscripción.
Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.
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