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CNV: vuelven a extender los plazos para la presentación de Estados Financieros

La Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), a través de la Resolución General N° 860/2020 de fecha 28 de septiembre de 2020 (la “Resolución”), extendió los plazos de presentación de los estados financieros de las emisoras, los fondos comunes de inversión abiertos y cerrados y fideicomisos financieros, de los agentes y demás entidades inscriptas en el Registro Público a cargo de la CNV.

En tal sentido, la Resolución estableció la presentación de los estados financieros o la información contable resumida correspondientes a (i) los ejercicios anuales con cierre entre el 31 de enero y el 31 de agosto de 2020; y (ii) los períodos intermedios con cierre entre el 29 de febrero y el 31 de agosto de 2020, se extenderá de la siguiente manera:

Emisoras, fondos comunes de inversión cerrados, fideicomisos financieros, PyMES CNV:

(i) Ejercicios anuales: dentro de los 90 días corridos de finalizado el mismo, o dentro de los dos días de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurra primero; y

(ii) Períodos intermedios: dentro de los 70 días corridos de cerrado el trimestre, o dentro de los dos días de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurra primero.

Fondos comunes de inversión abiertos, cámaras compensadoras, fiduciarios financieros, sociedades gerentes, agentes de calificación de riesgo y demás agetnes inscriptos en la CNV:

(i) Ejercicios anuales: dentro de los 90 días corridos de finalizado el mismo; y

(ii) Períodos intermedios: dentro de los 70 días corridos de cerrado el trimestre.

Emisoras que exclusivamente oferten valores representativos de deuda de corto plazo:

(i) Ejercicios anuales: dentro de los 90 días corridos de finalizado el mismo, o dentro de los dos días de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurra primero; y

(ii) Períodos intermedios: dentro de los 78 días corridos de cerrado el trimestre, o dentro de los dos días de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurra primero.

Emisoras PyME CNV Garantizada:

(i) Ejercicios anuales: dentro de los 140 días corridos de finalizado el mismo; y

(ii) Períodos intermedios: dentro de los 70 días corridos de cerrado el trimestre, o dentro de los dos días de su aprobación por el órgano de administración, lo que ocurra primero.

Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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Sebastián Luegmayer

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