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CNV propone regulación sobre Oferta Privada de Valores Negociables

Con fecha 15 de julio de 2024, se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina, la Resolución General Nº 1009/2024 (la «Resolución») emitida por la Comisión Nacional de Valores («CNV»), a través de la cual se define el marco regulatorio aplicable a la oferta privada de valores negociables.

En virtud de lo dispuesto por el artículo 82, tercer párrafo de la Ley N° 28.831 (la “Ley de Mercado de Capitales”), la CNV cuenta con la facultad otorgada por el legislador mediante la Ley N° 27.440 (la “Ley de Financiamiento Productivo”) de establecer los supuestos específicos conforme los cuales se considera oferta privada de valores negociables. En consecuencia, mediante la Resolución, la CNV define cuándo la oferta de valores constituye una oferta privada de valores negociables, proporcionando certeza jurídica basada en puertos seguros aplicables a: (i) ofertas privadas de valores negociables dirigidas a inversores calificados y no calificados; (ii) ofertas de valores negociables dirigidas a empleados y otros funcionarios; y (iii) ofertas de valores negociables sin suficiente contacto con Argentina.

La CNV determina los requisitos y condiciones que deben cumplirse para cada puerto seguro, considerando, entre otros aspectos, los medios y mecanismos de difusión, oferta, distribución, así como el número y tipo de inversores a quienes está dirigida cada tipo de oferta privada de valores.

El 31 de marzo de 2023, la CNV emitió la Resolución General 955/2023, que fue el primer intento seguido por la CNV para regular la oferta privada de valores negociables. Sin embargo, mediante la emisión de la Resolución, la CNV derogó la Resolución General 955/2023.

La Resolución se encuentra sometida al procedimiento de «Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto Nº 1172/2003, por un plazo de quince días hábiles, con el fin de recibir opiniones y/o propuestas a través del sitio web http://www.argentina.gob.ar/cnv respecto a la adopción de la reglamentación propuesta. El plazo para presentar comentarios sobre la reglamentación propuesta finaliza el 6 de agosto de 2024.

Acceda al texto de la Resolución aquí.


Esta publicación fue elaborada según información de fecha 17/7/24  y no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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