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CNV lanza consulta pública destinada a la reglamentación de la actividad de los agentes registrados 

Con fecha 30 de agosto de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General N° 1015/2024 (la “Resolución 1015/2024”) de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), a través de la cual se da apertura al procedimiento de elaboración participativa de normas, a los fines de reglamentar las modalidades de referenciamiento de clientes, publicidad de servicios, capitación de órdenes y contacto con clientes.

La Resolución 1015/2024, fundamenta el inicio del presente procedimiento de consulta pública, debido a la necesidad de actualizar la normativa vigente, en aras de: (i) establecer nuevos medios para la captación de clientes de los Agentes registrados; (ii) ampliar los canales de publicación, difusión y ofrecimiento de los Agentes bajo fiscalización; (iii) redefinir los medios a través de los cuales el Agente registrado podrá captar órdenes o instrucciones de parte de sus clientes para operar en el mercado de capitales; (iv)determinar el alcance de los medios de contacto –propiamente dichos- entre el Agente registrado y su cliente a los fines de canalizar toda consulta y/o reclamo en el marco de su actuación; y (v) establecer los medios por los cuales el Agente remitirá a la CNV toda aquella información relativa a los procedimientos y mecanismos a implementar, los cuales deberán –entre otros- garantizar la correcta identificación del cliente, la inalterabilidad, trazabilidad y disponibilidad de la información relativa a las órdenes impartidas, los procedimientos de resguardo de la información y planes de contingencia, así como el cumplimiento de requisitos que garanticen la seguridad y continuidad operativa de los sistemas informáticos empleados en las distintas modalidades de contacto.

Entre otros aspectos, la Resolución 1015/2024 resalta que se deben establecer los parámetros tendientes a reglamentar la interacción entre los sujetos inscriptos en el  Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) y los Agentes de Liquidación y Compensación (ALyC), abordando aspectos relacionados a la publicidad de servicios realizada a través de terceros y la posibilidad de referir clientes; así como lo concerniente a la captación de órdenes para realizar operaciones en el Mercado de Capitales.

Por último, la Resolución 1015/2024, establece un plazo de quince días hábiles para realizar la presentación de opiniones y/o propuestas, las que deberán efectuarse a través del Sitio Web www.argentina.gob.ar/cnv.  El plazo para la presentación de opiniones vence el 23 de septiembre de 2024.


Esta publicación fue elaborada según información de fecha 30/08/24 y no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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Sebastian Luegmayer – LuegmayerS@eof.com.ar