A través del Anexo 3.1 del “Anexo Informe MATER” de enero del año 2022 publicado en la página oficial de CAMMESA, se estableció que CAMMESA no publicará más Puntos de Interconexión (en adelante, “PDI”) que se encuentren en redes de MT y BT pertenecientes a un agente distribuidor, debiendo utilizarse un PDI relacionado con la ET de 132/66/33/13.2 kV vinculada o relacionada al nodo de conexión efectivo del generador, en el nivel de tensión correspondiente.
Asimismo, será el Prestador Adicional de la Función Técnica del Transporte quien deberá evaluar su propia red, previendo las capacidades disponibles y/o congestiones que pudieran darse. Asimismo, será responsabilidad exclusiva del proyecto en caso de generarse problemas de evacuación en esa red y/o inconvenientes para habilitar comercialmente el generador.
Dicho Anexo se encuentra actualizado al 17/01/2022.
Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.
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