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Banco Central de la República Argentina establece nuevas restricciones para al acceso al mercado de cambios para las entidades agrícolas

 Con fecha 19 de septiembre de 2022 el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”), mediante las comunicaciones “A” 7609 y 7610 (las “Comunicaciones”), estableció que a partir del 20 de septiembre de 2022 las personas jurídicas dedicadas a la actividad agrícola que hayan sido parte del Programa de Incremento Exportador creado por el Decreto 576/2022 en fecha 4 de septiembre de 2022 no podrán:

  1. Acceder al Mercado de Cambios para realizar compras de moneda extranjera por parte de personas humanas para la formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y por operaciones con derivados, en los términos del punto 3.8. de las normas sobre “Exterior y cambios” emitidas por el BCRA; y
  2. Concertar ventas en el país con liquidación en moneda extranjera de títulos valores emitidos por residentes o canjes de títulos valores emitidos por residentes por activos externos o transferirlos a entidades depositarias del exterior o la adquisición en el país con liquidación en pesos de títulos valores emitidos por no residentes.

Acceda el texto completo de las Comunicaciones 7609 y  7610.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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