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Aumento del precio de la energía para grandes usuarios de distribuidora

En virtud de lo dispuesto por la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, así como también lo establecido en el Decreto N° 311/20, a través de la Resolución 131/2021, la Secretaría de Energía dispuso, entre otras cosas, que los Precios de Referencia de la Potencia (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM), se mantienen a idéntico valor que el vigente actualmente para las pequeñas demandas tanto residenciales como demandas menores a trescientos kilovatios (300kW).

Por el contrario, para el caso de los Grandes Usuarios de la Distribuidora (GUDI) con Demandas Mayores a Trescientos Kilovatios (300 kW), la Secretaría de Energía adecuó el precio estacional de los usuarios GUDI, ajustando el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) de este segmento de usuarios.

A tal efecto, la Secretaría de Energía estimó necesario continuar con la reagrupación de las categorías de usuarios en: a) Residenciales; b) Demandas Menores a Trescientos Kilovatios (300 kW) –No Residencial–; y c) Demandas Mayores a Trescientos Kilovatios (300 kW) –GUDI–.

Adicionalmente, la Secretaría de Energía consideró necesario subdividir la categoría c) Demandas Mayores a TRESCIENTOS KILOVATIOS (300 kW) –GUDI– en los siguientes subgrupos: (i) General y (ii) Organismos y Entes Públicos que presten los Servicios Públicos de Salud y Educación.

La propia Secretaría de Energía aclaró que la medida no alcanza ni impacta en los 15 millones de usuarios del servicio de distribución de energía eléctrica por redes, ni en las 650.000 pymes, comerciales, industriales y de servicio, sino que involucra a unos 2.900 Grandes Usuarios que consumen más de 300 Kv diarios.

La instrumentación de la segmentación de manera resumida será realizada de forma descentralizada en cada jurisdicción, a través de cada Distribuidora con el acuerdo del Ente Regulador o autoridad que ejerza el control del Servicio Público de Distribución de Energía Eléctrica según corresponda.


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Agustín Siboldi

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