El 27 de febrero de 2025, se publicó en el Boletín Oficial Resolución 167/2025 de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), que introduce modificaciones en la regulación de los servicios aeroportuarios operacionales y de rampa.
En efecto, mediante el Decreto 599/2024 ya se había establecido la política de cielos abiertos. Luego, a través de la Resolución 49/24 de la Secretaría de Transporte se reglamentó aerocomercialmente la autorización para la prestación de los Servicios Aeroportuarios Operacionales y de Rampa en General e instruyó a la ANAC para que, una vez cumplidas las regulaciones técnicas correspondientes, emita el CERTIFICADO DIGITAL DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS, a toda persona física o jurídica que lo hubiera solicitado en cumplimiento de los requisitos técnicos. En dicho contexto, mediante la Resolución 86/2025 de la ANAC se aprobó el “REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DIGITAL DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS OPERACIONALES Y DE RAMPA” y el “REGISTRO DEL PERSONAL AFECTADO A LOS SERVICIOS AEROPORTUARIOS OPERACIONALES Y DE RAMPA Y ESCALAS HABILITADAS”.
Ahora, advirtiendo la ANAC que “resulta necesario simplificar y optimizar el procedimiento para la obtención del Certificado Digital de autoprestador o prestador de Servicios en Atención en tierra (“servicio de rampa”) y registro de personal afectado, limitando los requisitos de información a aquellos estrictamente necesarios, con el propósito de acortar los plazos y mejorar la eficiencia administrativa” resolvió, mediante su Resolución 167/2025 aquí comentada, aprobar un nuevo “REGLAMENTO PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO DIGITAL DE EXPLOTADOR DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS OPERACIONALES Y DE RAMPA” e instruir a la Dirección Nacional de Seguridad Operacional (DNSO) a publicar en un plazo de treinta (30) días los modelos de manuales y documentos requeridos para la certificación.
Así, esta nueva normativa simplifica y optimiza el procedimiento para la obtención del Certificado Digital de Explotador de Servicios Aeroportuarios Operacionales y de Rampa, buscando reducir los requisitos de información a lo estrictamente necesario, agilizando los trámites y mejorando la eficiencia administrativa.
Puede acceder al texto completo de la Resolución ANAC 167/2025 ingresando aquí.
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