Con fecha 8 de noviembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General N° 1029/2024 (la “Resolución 1029/2024”) de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), la cual readecúa los plazos de liquidación de las operaciones de contado establecidos en las Normas de la CNV (N.T. 2013 y mod., las “Normas”).
La Resolución 1029/2024 establece que el plazo de liquidación de contado será de veinticuatro (24) horas (T+1) para todas las operaciones con valores negociables, tanto de renta fija como variable. Esta modificación reemplaza lo dispuesto por la Resolución General CNV N° 1000/2024, que establecía un plazo de 48 horas (T+2) para las operaciones de contado con valores de renta fija, mientras que para los valores de renta variable ya se aplicaba el plazo de 24 horas (T+1).
Asimismo, la Resolución 1029/2024 incorpora el artículo 10 al texto del Capítulo IV, Título XVIII de las Normas, el cual establece que los Mercados y/o las Cámaras Compensadoras, que conforme la Resolución General N° 1000 no hubieran discontinuado el plazo de liquidación de contado 48 horas (T+2) en las operaciones con valores negociables de renta fija, deberán adecuar sus reglamentaciones para adoptar definitivamente el plazo de liquidación de 24 horas (T+1). Esta adecuación deberá presentarse a la CNV para su aprobación dentro de un plazo de diez (10) días hábiles desde la entrada en vigencia de la Resolución.
La presente Resolución General entrará en vigencia el 8 de noviembre de 2024.
Acceda al texto completo de la Resolución 1029/2024 aquí.
Esta publicación fue elaborada según información de fecha 30/10/24 y no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.
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