enes +5411 4346-1000
·
info@eof.com.ar

La Secretaría de Coordinación de Energía y Minería fijó el precio mínimo de adquisición de bioetanol destinado a su mezcla obligatoria con nafta

A través de la Resolución 3/24 (B.O 29-10-2024), la Secretaría de Coordinación de Energía y Minería del Ministerio de Economía fijó los precios mínimos de adquisición del bioetanol para su mezcla obligatoria con nafta. El precio del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar se estableció en PESOS SEISCIENTOS SETENTA CON QUINIENTAS SESENTA Y CUATRO MILÉSIMAS ($670,564) por litro, y el del bioetanol elaborado a base de maíz en PESOS SEISCIENTOS CATORCE CON QUINIENTAS NOVENTA Y SEIS MILÉSIMAS ($614,596) por litro (arts. 1º y 2º). Estos precios regirán durante el mes de octubre de 2024 y hasta que sean reemplazados por nuevos valores, en el marco de la Ley 27.640, que regula la actividad de biocombustibles en la República Argentina.

Asimismo, se determinó que el plazo de pago por la compra de bioetanol no podrá exceder los TREINTA (30) días desde la emisión de la factura (art. 3º).

La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial (art. 4º).

Acceda al texto completo de la norma aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

Para más información comunicarse con:

Agustín Siboldi – SiboldiA@eof.com.ar

Jorge Muratorio – MuratorioJ@eof.com.ar

Ana Belen Micciarelli – MicciarelliA@eof.com.ar

Joaquín Trillo – TrilloJ@eof.com.ar