Con fecha 1 de noviembre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución General N° 1028/2024 (la “Resolución 1028/2024”) de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), a través de la cual se crea un nuevo régimen de oferta pública con autorización automática, a fin de simplificar y agilizar el acceso al mercado de capitales.
La Resolución 1028/2024 incorpora 2 regímenes especiales al ofrecimiento de valores negociables, uno de bajo impacto -emisiones de hasta 1MM de UVA (aprox. Pesos 1.232 MM) y otro de mediano impacto -emisiones de hasta 7MM de UVA (aprox. Pesos 8.630 MM).
Por un lado, el Régimen de Oferta Pública con autorización automática de bajo impacto prevé la exención de presentar la documentación especificada para el ingreso de una emisora al Régimen General de Oferta Pública o Régimen PYME; la exención de presentar información a la CNV mediante prospectos y/o suplementos de prospectos; y asimismo exime del cumplimiento de los regímenes informativos aplicables conforme a los Títulos II (régimen informativo societario) y IV (régimen informativo contable) de la normativa de la CNV.
La nueva resolución prevé que el Régimen de Oferta Pública con Autorización Automática de bajo impacto pueda ser utilizado también por emisoras que se encuentren el régimen de oferta pública común, o bajo el régimen ON PYME Garantizada.
Por otro lado, el régimen de oferta pública automática de mediano impacto prevé un ingreso al régimen de oferta pública con menores exigencias, dando cumplimiento a ciertas obligaciones informativas establecidas específicamente para este nuevo régimen.
Se destaca que las obligaciones negociables emitidas bajo estos nuevos regímenes gozarán de los beneficios impositivos dispuestos en la ley de obligaciones negociables.
Asimismo, la nueva resolución establece que, en ambos casos, los valores negociables deberán ser: a) Obligaciones negociables emitidas conforme a la Ley N° 23.576 (Ley de Obligaciones Negociables), incluyendo los Valores de Corto Plazo que se emitan mediante Obligaciones Negociables –y excluyendo tanto a las obligaciones negociables convertibles en acciones como a las obligaciones negociables SVS (sociales, verdes y sustentables)-; o b) Activos Virtuales definidos en la Ley N° 27.739.
A tal efecto, la Resolución 1028/2024 establece en su artículo 1 la aplicación del procedimiento de “Elaboración Participativa de Normas” aprobado por el Decreto Nº 1172/2003, invitando a la ciudadanía a expresar sus opiniones y/o propuestas respecto de la adopción de este nuevo Régimen, en un plazo de 15 días hábiles.
La presente Resolución General entrará en vigencia el 05 de noviembre de 2024.
Acceda al texto completo de la Resolución 1028/2024 aquí.
Esta publicación fue elaborada según información de fecha 30/10/24 y no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.
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