El 14 de noviembre se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 385/2023 del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (en adelante el “MAyDS”) por la cual se aprueba la “Estrategia Nacional para el Uso de los Mercados de Carbono” (en adelante la “Estrategia Nacional”).
En el marco de los compromisos asumidos por Argentina sobre el cambio climático y sus acuerdos internacionales (la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el cambio climático, Protocolo de Kioto, el Acuerdo de París, entre otros), el país elabora, aplica, publica y actualiza regularmente programas nacionales que contienen medidas orientadas a la adaptación y la mitigación climáticas, tomando en cuenta las emisiones antropogénicas por fuente y las absorciones por sumidero de todos los gases de efecto invernadero no controlados por el Protocolo de Montreal.
En particular, en tanto Parte signataria del Acuerdo de París, el país se compromete a presentar periódicamente sus Contribuciones Determinadas a Nivel Nacional (“NDC”, por sus siglas en inglés), las cuales comunican los objetivos y esfuerzos que llevará a cabo para intensificar sus acciones contra el cambio climático en materia de adaptación y de mitigación.
En el año 2022, la Argentina presentó su Estrategia de Desarrollo Resiliente con Bajas Emisiones a Largo Plazo a 2050 (“ELP”), la cual fue formalizada mediante la Resolución del MAyDS N° 218/20237.
En la ELP, el país se compromete a realizar esfuerzos en pos de alcanzar la neutralidad en Emisiones de Gas de Efecto Invernadero (en adelante, “Emisiones de GEI”) en todos los sectores de la economía para el año 2050. Dicha meta se alcanzará mediante la reducción progresiva de las Emisiones de GEI y la promoción y fortalecimiento de sus sumideros, de forma tal que sea compatible con las necesidades de desarrollo humano, inclusión social y erradicación de la pobreza en el territorio nacional.
La ELP asume, además, el compromiso de disminuir las vulnerabilidades mediante la mejora de las capacidades institucionales y el fortalecimiento de las infraestructuras y servicios, y de aumentar la capacidad de adaptación de los sistemas productivos y fortalecer la resiliencia de los diferentes sectores sociales, económicos y ambientales a través de medidas que integren y prioricen las comunidades y grupos sociales en situación de vulnerabilidad e incorporen el enfoque de género y la equidad intergeneracional.
Sobre esta base, la República Argentina considera que los instrumentos de precio al carbono, dentro de los cuales se destacan los mercados de carbono y los impuestos al carbono, resultan elementos clave para que el país pueda alcanzar sus compromisos climáticos e impulsar la transición necesaria, en un contexto de desarrollo sostenible, erradicación de la pobreza e integridad ambiental.
A la fecha, la Argentina no cuenta con un marco legal a nivel nacional que regule el uso de los mercados de carbono.
La Estrategia Nacional tiene como objetivo promover la implementación de los mercados de carbono como uno de los mecanismos de precio al carbono, para contribuir al cumplimiento de la sucesivas NDC, ELP y las Comunicaciones de Adaptación, como así también al aumento de la ambición en adaptación y en mitigación del cambio climático en el territorio nacional. Todo ello, en línea con el Plan Nacional de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático, los Planes de Respuesta al cambio climático jurisdiccionales, y los objetivos de largo plazo del Acuerdo de París, en un contexto de desarrollo sostenible y resiliente, de integridad ambiental y de erradicación de la pobreza.
Algunos de los principios para el uso de mercados de carbono en el territorio nacional son:
- Garantizar el pleno respeto de la legislación nacional y provincial, cumpliendo con las leyes, los reglamentos y el marco administrativo nacionales aplicables en Argentina;
- Asegurar el pleno respeto de las salvaguardas y la integridad ambiental en el diseño y la implementación del proyecto o programa;
- Respetar los Planes de Respuesta al cambio climático jurisdiccionales y otras políticas y medidas subnacionales de cambio climático, en línea con las prioridades de desarrollo local, si aplica;
- Facilitar el acceso al financiamiento climático, promover la transferencia de tecnología y el fortalecimiento de las capacidades nacionales y subnacionales;
- Asegurar una distribución de beneficios justa y equitativa; entre otros.
Puede acceder al texto completo de la Resolución MAyDS N° 385/2023 aquí.
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