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Aprobación de los “Lineamientos Generales para el Cierre de Minas con Garantías Financieras en la República Argentina”

El 10 de junio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 161/2021 de la Secretaría de Minería del Ministerio de Desarrollo Productivo (en adelante “Resolución 161/21”), la cual aprueba los “Lineamientos Generales para el Cierre de Minas con Garantías Financieras en la República Argentina” (en adelante “los Lineamientos”).

Así, los Lineamientos (aprobados como Anexo 1 de la Resolución 161/21) buscan contribuir a que todas minas que operan en Argentina generen los beneficios derivados de un cierre responsable. En este sentido, los Lineamientos ponen atención en dos aspectos claves de dicha responsabilidad:

  1. La planificación a través de planes formales de cierre establecidos desde las etapas iniciales del proyecto y de actualización constante y elaborados en forma tal de abarcar integralmente aspectos de ingeniería, ambientales, sociales, económicos y financieros.
  2. Disponibilidad garantizada de los fondos necesarios y suficientes, a través de instrumentos financieros adecuados, para llevar adelante las tareas de cierre, sin importar las circunstancias ni el momento en que finalicen sus operaciones.

Conforme establece el Anexo 1, el objetivo de los Lineamientos es, en el marco de las políticas públicas, delinear la construcción de disposiciones legislativas en la materia que brinden uniformidad y coherencia a las políticas y regulaciones sobre el cierre de minas en la República Argentina.

En este sentido, en base a las mejores prácticas reconocidas en el sector y las experiencias regulatorias internacionales, se definen los lineamientos generales para establecer criterios y directrices claros y homogéneos a nivel nacional para la planificación del cierre de minas en todo el país.

Por otra parte, los Lineamientos también hacen referencia a la constitución de una garantía financiera, esto es, una provisión financiera que la empresa minera constituye a favor del Estado para asegurar la disposición de los fondos suficientes para llevar a cabo las correspondientes tareas de cierre cuando la empresa minera, por cualquier motivo, incumpla o sea incapaz de ejecutar total o parcialmente su plan de cierre.

Asimismo, la Resolución 161/21 invita a las Provincias, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los Municipios provinciales a adoptar, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones los Lineamientos.

Finalmente, se instruye a la Dirección de Asuntos Federales Mineros dependiente de la Subsecretaría de Política Minera de la Secretaría de Minería para que en el marco del Consejo Federal Minero (COFEMIN) brinde asistencia a las Provincias para la implementación de los Lineamientos.

Acceda al texto completo de la norma aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

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