es +5411 4346-1000
·
info@eof.com.ar

El BCRA extiende la obligación de refinanciar endeudamientos en moneda extranjera

El Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”), a través de la Comunicación “A” 7230 de fecha 25 de febrero de 2021 (la “Comunicación 7230”): (i) extendió la obligación refinanciar y presentar planes de refinanciación para acceder al mercado de cambios para pagar capital de deuda financiera en moneda extranjera establecida por la Comunicación “A” 7106, y sus modificatorias (la “Comunicación 7106”), a aquellos vencimientos de capital programados entre el 1° de abril de 2021 y el 31 de diciembre de 2021; y (ii) flexibilizó los requisitos establecidos por la Comunicación 7106 que deberán ser tenidos en cuenta para realizar dichas refinanciaciones.

En este sentido, la Comunicación 7230 estableció que lo planes de refinanciación deberán ser presentados ante el BCRA antes del 15 de marzo de 2021 para los vencimientos de capital programados entre el 1° de abril de 2021 y el 15 de abril 2021 y para los restantes casos deberá presentarse como mínimo 30 días corridos antes del vencimiento de capital a refinanciarse.

Es de destacar que la obligación establecida por la Comunicación 7106, alcanzaba a:

  • todos los endeudamientos financieros con el exterior del sector privado no financiero con un acreedor que no sea una contraparte vinculada del deudor;
  • los endeudamientos financieros con el exterior por operaciones propias de las entidades,
  • las emisiones de títulos de deuda con registro público en el país denominados en moneda extranjera de clientes del sector privado o de las propias entidades. 

A su vez, la Comunicación 7230, estableció las siguientes flexibilizaciones:

  • elevó de US$1.000.000 a US$2.000.000 los vencimientos mensuales que deben ser reprogramados;
  • no estarán alcanzados los vencimientos de endeudamientos originados a partir del 1° de enero de 2020, cuyos fondos hayan sido ingresados y liquidados en el mercado de cambios; y
  • liberó de la obligación de refinanciar a las empresas que a lo largo de 2020 hayan reestructurado sus deudas de conformidad con lo establecido por la Comunicación 7106 y que este año enfrenten vencimientos de dichas reprogramaciones.

Acceda al texto completo de la Comunicación 7230 aquí.


Esta publicación no constituye una opinión legal sobre asuntos específicos. En caso de ser necesario, deberá procurarse asesoría legal especializada.

Para más información comunicarse con: